Prácticas Profesionales

Conforme a lo establecido en el Título V de los Decretos Nº0021623 y 0021624 acerca del Reglamento y Plan de Estudios conducentes al grado de Licenciado en Ciencias de la Madera y Título Profesional de Ingeniero de la Madera, y al grado de Licenciado en Ciencias Forestales y Título Profesional de Ingeniero Forestal, respectivamente, establézcanse las siguientes disposiciones internas respecto a la realización de Prácticas Profesionales para ambas carreras pertenecientes a la Facultad de Ciencias Forestales de la Universidad de Chile.

TÍTULO I.- RESPECTO A LA DEFINICIÓN DE UNA PRÁCTICA PROFESIONAL

Artículo I: Una Práctica Profesional, corresponde a una actividad contemplada dentro del plan curricular obligatorio para las carreras de la Facultad de Ciencias Forestales. Es una actividad controlada, sujeta a un procedimiento formal de ejecución y evaluación, donde el estudiante aplica integralmente sus conocimientos para la resolución de un problema profesional específico.

Artículo II: Por ser una actividad que involucra un acercamiento eficaz al mundo laboral del futuro profesional, la práctica debe cautelar en su contenido, la aplicación de todas las metodologías, criterios y conocimientos adquiridos durante la carrera, una capacidad de análisis demostrable frente a situaciones complejas, la interacción con otras áreas profesionales, y una demostración de la capacidad de trabajo en equipo, con una conducta ética y profesional, representativa de un profesional formado en la Universidad de Chile.

Artículo III: Esta práctica se realiza preferentemente en una Empresa o Institución del ámbito forestal y/o maderero, con una duración mínima de dos (2) meses u ocho (8) semanas ó 320 horas, y una calificación de 10 créditos para Ingeniería Forestal y 20 créditos para Ingeniería de la Madera. Para la realización de la actividad, los estudiantes deberán tener aprobado la Práctica III.

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